Despido injustificado, Art. 48 y 50 LFT
Calculadora de indemnización por despido
Si te despidieron sin una causa justificada, la Ley Federal del Trabajo te da derecho a una indemnización constitucional además del finiquito ordinario. Ingresa tu fecha de ingreso, la fecha del despido y tu salario diario para ver una estimación completa: los 3 meses de salario, los 20 días por cada año trabajado, la prima de antigüedad y las partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones.
Aplica al despido SIN causa justificada (Art. 47 LFT), optando por la indemnización constitucional en vez de la reinstalación (Art. 48 LFT). Estimación informativa, no sustituye asesoría legal: consulta a un abogado laboralista o a la PROFEDET antes de firmar un finiquito o convenio.
Qué es la indemnización por despido injustificado
Cuando un patrón despide a un trabajador sin una causa justificada (es decir, sin que se dé alguna de las causales del Art. 47 de la LFT), el trabajador puede elegir entre dos caminos según el Art. 48: pedir que lo reinstalen en su puesto, o recibir una indemnización constitucional de 3 meses de salario. En la práctica, la gran mayoría de los trabajadores opta por la indemnización, y el patrón queda liberado de la obligación de reinstalar pagando las cantidades que marca el Art. 50.
Esta indemnización es distinta y adicional al finiquito ordinario (aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional), que se paga siempre sin importar el motivo de la baja.
Qué incluye la indemnización, paso a paso
La calculadora de arriba suma estos conceptos, tomados de los artículos 48, 50 y 162 de la LFT:
- 3 meses de salario (llamados indemnización constitucional): salario diario × 90.
- 20 días de salario por cada año de servicio: salario diario × 20 × años trabajados (la fracción de un año también se prorratea).
- Prima de antigüedad: 12 días de salario por año de servicio, con el salario topado a 2 veces el salario mínimo general vigente. En un despido, sea justificado o injustificado, esta prima se paga siempre, sin importar los años de antigüedad.
- Aguinaldo proporcional (Art. 87 LFT) por los días trabajados en el año calendario de la baja.
- Vacaciones y prima vacacional proporcionales (Art. 76 y 80 LFT) por el periodo vacacional en curso.
Tabla de referencia: 20 días por año de servicio
Este es el componente que más rápido crece con la antigüedad. Con un salario diario de 500 pesos, por ejemplo, el monto de "20 días por año" sería aproximadamente el siguiente (sin contar los 3 meses base, que son fijos):
- 1 año de servicio: 20 días × $500 = $10,000 MXN
- 3 años de servicio: 60 días × $500 = $30,000 MXN
- 5 años de servicio: 100 días × $500 = $50,000 MXN
- 10 años de servicio: 200 días × $500 = $100,000 MXN
Ejemplo completo de indemnización
Jorge trabajó 5 años y 3 meses en una empresa, con un salario diario de 600 pesos, y fue despedido sin que la empresa acreditara una causa justificada. Su indemnización se compone así: 3 meses de salario (90 días × $600 = $54,000), más 20 días por cada uno de sus años de servicio (aproximadamente 105 días × $600 = $63,000, contando la fracción de los 3 meses adicionales), más su prima de antigüedad (12 días por año, con el salario topado si supera 2 veces el salario mínimo), más el aguinaldo y las vacaciones proporcionales del año en curso. La calculadora de arriba hace toda esta suma automáticamente con tus propios datos. Si no estás seguro de si tu caso es un despido injustificado o una simple renuncia, revisa nuestra guía de diferencia entre finiquito y liquidación antes de continuar.
Qué NO cubre esta calculadora
Además de las prestaciones ya mencionadas, en un juicio laboral por despido injustificado también pueden reclamarse otros conceptos que esta herramienta no estima, porque dependen de circunstancias particulares de cada caso:
- Salarios caídos, si optaste por la reinstalación en vez de la indemnización y el patrón se resiste a cumplirla, sujetos a los topes que marca la reforma laboral vigente.
- Daño moral u otras indemnizaciones adicionales que, en casos excepcionales, un tribunal puede otorgar.
- Prestaciones superiores a la ley pactadas en un contrato colectivo de trabajo o en las políticas internas de la empresa.
- El reparto de utilidades (PTU) correspondiente, que se calcula por separado según el ejercicio fiscal de la empresa.
Pasos si crees que fuiste despedido injustificadamente
Si tu patrón te despidió y no te dio ninguna razón por escrito, o la razón que dio no corresponde a las causas graves del Art. 47 LFT, esto es lo que normalmente se recomienda hacer:
- Solicita por escrito el aviso de rescisión, que el patrón está obligado a entregarte con la causa específica del despido.
- No firmes ningún documento de finiquito o renuncia bajo presión, y menos si no refleja lo que realmente ocurrió.
- Junta la evidencia que tengas: contrato de trabajo, recibos de nómina, mensajes o correos relacionados con el despido.
- Acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir orientación gratuita sobre tu caso específico.
- Presenta tu demanda dentro del plazo legal (generalmente 2 meses desde la fecha del despido para acciones de reinstalación o indemnización).
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé si mi despido fue justificado o injustificado?
¿Puedo pedir que me reinstalen en mi puesto en vez de la indemnización?
¿Qué es el salario diario integrado y por qué importa aquí?
¿La prima de antigüedad tiene un tope?
¿Qué pasa si mi patrón se niega a pagar la indemnización?
¿Esta calculadora considera convenios colectivos o prestaciones superiores a la ley?
¿Fue una renuncia o un despido con causa?
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