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Despido injustificado, Art. 48 y 50 LFT

Calculadora de indemnización por despido

Si te despidieron sin una causa justificada, la Ley Federal del Trabajo te da derecho a una indemnización constitucional además del finiquito ordinario. Ingresa tu fecha de ingreso, la fecha del despido y tu salario diario para ver una estimación completa: los 3 meses de salario, los 20 días por cada año trabajado, la prima de antigüedad y las partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones.

Total estimado a recibir Completa los campos de arriba.

Aplica al despido SIN causa justificada (Art. 47 LFT), optando por la indemnización constitucional en vez de la reinstalación (Art. 48 LFT). Estimación informativa, no sustituye asesoría legal: consulta a un abogado laboralista o a la PROFEDET antes de firmar un finiquito o convenio.

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Qué es la indemnización por despido injustificado

Cuando un patrón despide a un trabajador sin una causa justificada (es decir, sin que se dé alguna de las causales del Art. 47 de la LFT), el trabajador puede elegir entre dos caminos según el Art. 48: pedir que lo reinstalen en su puesto, o recibir una indemnización constitucional de 3 meses de salario. En la práctica, la gran mayoría de los trabajadores opta por la indemnización, y el patrón queda liberado de la obligación de reinstalar pagando las cantidades que marca el Art. 50.

Esta indemnización es distinta y adicional al finiquito ordinario (aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional), que se paga siempre sin importar el motivo de la baja.

Qué incluye la indemnización, paso a paso

La calculadora de arriba suma estos conceptos, tomados de los artículos 48, 50 y 162 de la LFT:

Tabla de referencia: 20 días por año de servicio

Este es el componente que más rápido crece con la antigüedad. Con un salario diario de 500 pesos, por ejemplo, el monto de "20 días por año" sería aproximadamente el siguiente (sin contar los 3 meses base, que son fijos):

Ejemplo completo de indemnización

Jorge trabajó 5 años y 3 meses en una empresa, con un salario diario de 600 pesos, y fue despedido sin que la empresa acreditara una causa justificada. Su indemnización se compone así: 3 meses de salario (90 días × $600 = $54,000), más 20 días por cada uno de sus años de servicio (aproximadamente 105 días × $600 = $63,000, contando la fracción de los 3 meses adicionales), más su prima de antigüedad (12 días por año, con el salario topado si supera 2 veces el salario mínimo), más el aguinaldo y las vacaciones proporcionales del año en curso. La calculadora de arriba hace toda esta suma automáticamente con tus propios datos. Si no estás seguro de si tu caso es un despido injustificado o una simple renuncia, revisa nuestra guía de diferencia entre finiquito y liquidación antes de continuar.

Qué NO cubre esta calculadora

Además de las prestaciones ya mencionadas, en un juicio laboral por despido injustificado también pueden reclamarse otros conceptos que esta herramienta no estima, porque dependen de circunstancias particulares de cada caso:

Pasos si crees que fuiste despedido injustificadamente

Si tu patrón te despidió y no te dio ninguna razón por escrito, o la razón que dio no corresponde a las causas graves del Art. 47 LFT, esto es lo que normalmente se recomienda hacer:

  1. Solicita por escrito el aviso de rescisión, que el patrón está obligado a entregarte con la causa específica del despido.
  2. No firmes ningún documento de finiquito o renuncia bajo presión, y menos si no refleja lo que realmente ocurrió.
  3. Junta la evidencia que tengas: contrato de trabajo, recibos de nómina, mensajes o correos relacionados con el despido.
  4. Acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir orientación gratuita sobre tu caso específico.
  5. Presenta tu demanda dentro del plazo legal (generalmente 2 meses desde la fecha del despido para acciones de reinstalación o indemnización).

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si mi despido fue justificado o injustificado?
Un despido es justificado cuando el patrón acredita alguna de las causas graves que enumera el Art. 47 de la LFT (por ejemplo, faltas de probidad, violencia en el trabajo, faltas de asistencia reiteradas sin permiso) y sigue el procedimiento correcto (aviso de rescisión). Si el patrón no acredita ninguna causa, o no sigue el procedimiento, el despido se considera injustificado. Ante la duda, un abogado laboralista o la PROFEDET pueden evaluar tu caso concreto.
¿Puedo pedir que me reinstalen en mi puesto en vez de la indemnización?
Sí. El Art. 48 LFT te da a elegir entre la reinstalación en tu puesto (con el pago de los salarios caídos desde el despido) o la indemnización constitucional de 3 meses de salario. La mayoría de los trabajadores prefiere la indemnización, pero la reinstalación es un derecho igualmente válido, sobre todo si quieres seguir en la empresa.
¿Qué es el salario diario integrado y por qué importa aquí?
El salario diario integrado (SDI) incluye, además del salario base, la parte proporcional de prestaciones como aguinaldo, prima vacacional y otras percepciones fijas. Legalmente, la indemnización y la prima de antigüedad deben calcularse sobre el SDI, no sobre el salario base. Esta calculadora usa el salario diario que ingresas como una aproximación; si tu salario tiene componentes variables o prestaciones adicionales, tu SDI real (y por lo tanto tu indemnización) puede ser mayor.
¿La prima de antigüedad tiene un tope?
Sí. El salario que se usa para calcular la prima de antigüedad está topado a 2 veces el salario mínimo general vigente (Art. 162 LFT), aunque tu salario real sea más alto. Esta calculadora aplica ese tope automáticamente usando el salario mínimo general 2026 publicado por la CONASAMI.
¿Qué pasa si mi patrón se niega a pagar la indemnización?
Puedes presentar una demanda laboral ante el Tribunal Laboral o la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda, o acudir primero a la PROFEDET para recibir asesoría y, en muchos casos, representación legal gratuita. Existe un plazo de prescripción para reclamar (generalmente 2 meses desde el despido para pedir reinstalación o indemnización, según el Art. 518 LFT), así que conviene actuar cuanto antes.
¿Esta calculadora considera convenios colectivos o prestaciones superiores a la ley?
No. Calcula únicamente los mínimos que marca la Ley Federal del Trabajo. Si tu contrato colectivo de trabajo o las políticas de tu empresa otorgan prestaciones superiores (por ejemplo, más días por año de indemnización), tu monto real puede ser mayor al que muestra esta herramienta.

¿Fue una renuncia o un despido con causa?

Usa la calculadora de finiquito completa para ver los tres escenarios.

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